"¿Le pongo el 10% o el 21%?" Es la pregunta que más dudas genera entre fontaneros autónomos. Y con razón: equivocarte con el tipo de IVA puede significar una regularización de Hacienda con recargos e intereses. El problema es que la respuesta no siempre es obvia — depende del tipo de trabajo, quién es el cliente y dónde se hace.
Esta guía te explica con ejemplos reales cuándo aplicar cada tipo de IVA, para que factures con confianza y sin miedo a la inspección.
Los dos tipos de IVA que aplican en fontanería
| Tipo | Porcentaje | Cuándo aplica en fontanería |
|---|---|---|
| IVA reducido | 10% | Reparaciones y reformas en viviendas habituales con condiciones específicas |
| IVA general | 21% | Resto de trabajos: locales comerciales, obra nueva, materiales vendidos aparte, viviendas no habituales |
Cuándo aplicar el IVA del 10% en fontanería
El IVA reducido del 10% se aplica a las obras de renovación y reparación en viviendas, siempre que se cumplan TODAS estas condiciones simultáneamente:
- Es una vivienda particular (no un local comercial, oficina, nave o segunda residencia de uso no habitual)
- La vivienda tiene más de 2 años de antigüedad
- El destinatario es una persona física (el propietario o inquilino, no una empresa)
- El coste de los materiales no supera el 40% del total de la factura (si los materiales cuestan más del 40%, se considera "entrega de bienes" y va al 21%)
- No es una obra de construcción o ampliación (es reparación, mantenimiento o renovación)
Regla práctica: si reparas o renuevas algo que ya existía en una vivienda habitual de más de 2 años, y los materiales no superan el 40% del total → IVA 10%. En caso de duda → 21% (siempre es más seguro pasarse que quedarse corto).
Ejemplos reales: ¿10% o 21%?
| Trabajo | IVA | Por qué |
|---|---|---|
| Reparar grifo en vivienda habitual | 10% | Reparación en vivienda > 2 años, persona física, materiales < 40% |
| Desatasco en piso de alquiler (factura al inquilino) | 10% | Reparación, vivienda habitual del inquilino, persona física |
| Cambio de bañera por plato de ducha | 10% | Renovación en vivienda habitual, si materiales < 40% del total |
| Instalar caldera nueva (sustitución) | 10% | Renovación: sustituyes algo existente |
| Reparación en un restaurante | 21% | No es vivienda — es local comercial |
| Fontanería en obra nueva | 21% | Construcción nueva, no renovación |
| Vender e instalar un termo (material > 40%) | 21% | Materiales superan el 40% del total |
| Reforma de baño en vivienda de < 2 años | 21% | Vivienda no cumple antigüedad mínima |
| Reparación en piso propiedad de una empresa (SL) | 21% | El destinatario es persona jurídica, no física |
| Mantenimiento de caldera en vivienda | 10% | Mantenimiento en vivienda habitual, persona física |
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Ver facturación inteligente →La trampa del 40% en materiales: cómo calcularlo
Este es el punto que más confusión genera. Si el coste de los materiales que aportas supera el 40% del total de la factura, la operación se considera una "entrega de bienes" (no una prestación de servicio) y va al 21%.
Ejemplo práctico:
- Mano de obra: 300 €
- Materiales: 250 €
- Total (sin IVA): 550 €
- Porcentaje de materiales: 250 / 550 = 45,4% → supera el 40% → IVA 21%
Cómo evitarlo legítimamente:
- Que el cliente compre los materiales directamente y tú solo facturas la mano de obra (100% servicio → 10%)
- Emitir dos facturas separadas: una de materiales al 21% y otra de mano de obra al 10% (práctica aceptada por Hacienda si es transparente)
Errores de IVA que te pueden costar una sanción
1. Aplicar siempre el 10% "porque es vivienda". El IVA reducido tiene 5 condiciones que deben cumplirse todas. No basta con que sea una vivienda.
2. No verificar la antigüedad de la vivienda. Pisos de obra nueva (menos de 2 años) van al 21%. Pregunta siempre: "¿Cuándo se construyó o compró la vivienda?"
3. No comprobar quién es el cliente. Si factura a una empresa (comunidad de propietarios con CIF, SL, etc.), es 21% aunque sea vivienda.
4. No calcular el porcentaje de materiales. Un cambio de caldera donde el equipo cuesta 1.200 € y la mano de obra 400 € → materiales al 75% → 21%.
5. Aplicar el 10% en segundas residencias. La vivienda debe ser residencia habitual del cliente. Un apartamento de vacaciones no cumple.
Qué dice Hacienda: la consulta vinculante
La base legal del IVA reducido en reformas está en el artículo 91.Uno.2.10º de la Ley del IVA y en múltiples consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos (DGT). Las más relevantes para fontaneros:
- V0585-18: confirma el 10% en reparaciones de fontanería en vivienda habitual
- V2433-17: aclara el límite del 40% en materiales
- V1548-19: detalla qué se considera "renovación" vs "construcción"
Ante la duda, tu gestor o un asesor fiscal de confianza puede consultarte el caso concreto.
Conclusión
El IVA en fontanería no es un capricho — es una obligación legal con sanciones reales por errores. La regla básica: reparación en vivienda habitual de más de 2 años, persona física, materiales bajo el 40% → 10%. Todo lo demás → 21%. Con FontaGest, el tipo de IVA se aplica automáticamente según el perfil del cliente y el tipo de trabajo, eliminando el riesgo de errores en tus facturas y presupuestos.